Bolsa de Valores Guayaquil | Casas de Valores | Intermediación de Valores
  • AST
    V. Nom: $ 1.00
    Precio: $ 0.50
  • BLV
    V. Nom: $ 1.00
    Precio: $ 1.75
  • GYQ
    V. Nom: $ 1.00
    Precio: $ 2.61
  • MCH
    V. Nom: $ 1.00
    Precio: $ 0.80
  • PCH
    V. Nom: $ 100.00
    Precio: $ 144.00
  • PRD
    V. Nom: $ 1.00
    Precio: $ 2.02
  • BVG
    V. Nom: $ 1.00
    Precio: $ 2.70
  • ERC
    V. Nom: $ 1.00
    Precio: $ 0.25
  • CRE
    V. Nom: $ 1.00
    Precio: $ 5.71
  • INA
    V. Nom: $ 1.00
    Precio: $ 0.53
  • SCD
    V. Nom: $ 1.00
    Precio: $ 0.50
  • SLD
    V. Nom: $ 1.00
    Precio: $ 0.95
  • MPC
    V. Nom: $ 100.00
    Precio: $ 86.50
  • ISC
    V. Nom: $ 1.00
    Precio: $ 2.70
  • ETC
    V. Nom: $ 1.00
    Precio: $ 10.00
  • HLC
    V. Nom: $ 3.00
    Precio: $ 45.00
  • OMN
    V. Nom: $ 6,000.00
    Precio: $ 8,100.00
  • STS
    V. Nom: $ 1.00
    Precio: $ 22.00
  • CNC
    V. Nom: $ 1.00
    Precio: $ 56.00
  • VGM
    V. Nom: $ 5,000.00
    Precio: $ 2,900.00
  • SLU
    V. Nom: $ 1.00
    Precio: $ 2.03
  • CNA
    V. Nom: $ 1.00
    Precio: $ 2.51
  • CNA
    V. Nom: $ 2,500.00
    Precio: $ 3,800.00
  • HCR
    V. Nom: $ 4,400.00
    Precio: $ 3,700.00
  • HCR
    V. Nom: $ 4,600.00
    Precio: $ 3,200.00
  • SBN
    V. Nom: $ 1.00
    Precio: $ 11.00
  • RTT
    V. Nom: $ 1.00
    Precio: $ 4.37
  • ABK
    V. Nom: $ 1.00
    Precio: $ 9.50
  • VGD
    V. Nom: $ 1.00
    Precio: $ 1.65
  • RGF
    V. Nom: $ 1.00
    Precio: $ 1.45
  • BRI
    V. Nom: $ 1,000.00
    Precio: $ 475.00
  • VGF
    V. Nom: $ 1.00
    Precio: $ 1.50
  • BVQ
    V. Nom: $ 1.00
    Precio: $ 4.02
  • NTK
    V. Nom: $ 1.00
    Precio: $ 7.70
  • TCK
    V. Nom: $ 1.00
    Precio: $ 3.97
  • BBP
    V. Nom: $ 1.00
    Precio: $ 49.50
  • SPV
    V. Nom: $ 1.00
    Precio: $ 5.28
  • TRA
    V. Nom: $ 1.00
    Precio: $ 4.47
  • FIO
    V. Nom: $ 1.00
    Precio: $ 1.01
  • FCV
    V. Nom: $ 100.00
    Precio: $ 101.50
  • VTK
    V. Nom: $ 1.00
    Precio: $ 3.67
  • EFT
    V. Nom: $ 1.00
    Precio: $ 2.51
  • ETF
    V. Nom: $ 1.00
    Precio: $ 1.04
  • FPM
    V. Nom: $ 100.00
    Precio: $ 100.75
  • FRG
    V. Nom: $ 1.00
    Precio: $ 1.00
  • FVD
    V. Nom: $ 400.00
    Precio: $ 405.00
  • PFI
    V. Nom: $ 200.00
    Precio: $ 205.00
  • FTV
    V. Nom: $ 100.00
    Precio: $ 104.21
  • FPZ
    V. Nom: $ 1.00
    Precio: $ 1.00
  • FIA
    V. Nom: $ 1.00
    Precio: $ 1.00
  • FMR
    V. Nom: $ 1.00
    Precio: $ 1.00
  • ASS - OGG
    Rend: 7.0000%
    Plazo: 426 días
  • ASS - PCI
    Rend: 8.0000%
    Plazo: 139 días
  • ASS - PCI
    Rend: 6.5000%
    Plazo: 143 días
  • ASS - PCI
    Rend: 8.0000%
    Plazo: 167 días
  • ASS - PCI
    Rend: 7.0000%
    Plazo: 213 días
  • ASS - PCI
    Rend: 8.0000%
    Plazo: 254 días
  • AZZ - PCO
    Rend: 7.8500%
    Plazo: 231 días
  • AZZ - PCO
    Rend: 8.0000%
    Plazo: 359 días
  • BLV - CIP
    Rend: 2.7360%
    Plazo: 226 días
  • MCH - CDP
    Rend: 4.0500%
    Plazo: 253 días
  • PCF - CDP
    Rend: 4.3500%
    Plazo: 167 días
  • PCF - CDP
    Rend: 2.7360%
    Plazo: 226 días
  • RMH - CDP
    Rend: 2.7317%
    Plazo: 183 días
  • INT - CDP
    Rend: 4.0000%
    Plazo: 160 días
  • PRD - CDP
    Rend: 4.2500%
    Plazo: 181 días
  • PRD - CDP
    Rend: 2.7360%
    Plazo: 226 días
  • BEC - OSU
    Rend: 6.5000%
    Plazo: 136 días
  • BEC - OSU
    Rend: 7.0000%
    Plazo: 226 días
  • CSG - OGG
    Rend: 8.2500%
    Plazo: 731 días
  • CSG - OGG
    Rend: 8.2500%
    Plazo: 1098 días
  • CSG - OGG
    Rend: 8.7500%
    Plazo: 1462 días
  • COE - OSU
    Rend: 9.0120%
    Plazo: 637 días
  • DNR - CID
    Rend: 4.5000%
    Plazo: 307 días
  • DGC - OBR
    Rend: 10.2500%
    Plazo: 1455 días
  • DLL - OSU
    Rend: 7.5000%
    Plazo: 339 días
  • DLL - OSU
    Rend: 8.0000%
    Plazo: 433 días
  • DLL - OSU
    Rend: 7.5000%
    Plazo: 524 días
  • DLL - OSU
    Rend: 7.9000%
    Plazo: 889 días
  • DLL - OSU
    Rend: 7.9000%
    Plazo: 979 días
  • DLL - OSU
    Rend: 7.9000%
    Plazo: 1070 días
  • EGG - OSU
    Rend: 9.0139%
    Plazo: 440 días
  • EGG - PCO
    Rend: 6.2500%
    Plazo: 118 días
  • EGG - PCO
    Rend: 7.0000%
    Plazo: 204 días
  • ENL - OGG
    Rend: 9.2500%
    Plazo: 1812 días
  • ENL - OSU
    Rend: 9.0076%
    Plazo: 762 días
  • ENL - OSU
    Rend: 9.0069%
    Plazo: 854 días
  • ENL - OSU
    Rend: 8.2500%
    Plazo: 1035 días
  • ENL - PCO
    Rend: 6.0000%
    Plazo: 9 días
  • FUR - OSU
    Rend: 8.5000%
    Plazo: 2 días
  • FUR - OSU
    Rend: 8.5000%
    Plazo: 94 días
  • FUR - OSU
    Rend: 8.5000%
    Plazo: 188 días
  • FCR - VTC
    Rend: 6.5000%
    Plazo: 392 días
  • FES - OSU
    Rend: 9.0091%
    Plazo: 724 días
  • FES - OSU
    Rend: 9.0074%
    Plazo: 909 días
  • FES - OSU
    Rend: 9.0049%
    Plazo: 1455 días
  • FDS - PCO
    Rend: 4.4500%
    Plazo: 302 días
  • FDS - PCO
    Rend: 4.5500%
    Plazo: 332 días
  • GCI - OSU
    Rend: 8.2500%
    Plazo: 1096 días
  • ITM - OSU
    Rend: 9.0000%
    Plazo: 1081 días
  • IPV - FAC
    Rend: 9.0000%
    Plazo: 106 días
  • ILA - OGG
    Rend: 8.5000%
    Plazo: 1676 días
  • MTA - PCO
    Rend: 7.5000%
    Plazo: 293 días
  • MDF - BYD
    Rend: 6.5000%
    Plazo: 152 días
  • MDF - BYD
    Rend: 5.5000%
    Plazo: 378 días
  • MDF - BYL
    Rend: 7.8750%
    Plazo: 251 días
  • MDF - BYN
    Rend: 8.5000%
    Plazo: 832 días
  • MDF - BYN
    Rend: 8.7500%
    Plazo: 1247 días
  • MDF - BYO
    Rend: 8.5000%
    Plazo: 616 días
  • MDF - BYO
    Rend: 8.5000%
    Plazo: 776 días
  • MDF - BYO
    Rend: 8.5000%
    Plazo: 1581 días
  • MDF - BYP
    Rend: 5.7500%
    Plazo: 468 días
  • MDF - BYP
    Rend: 6.0000%
    Plazo: 498 días
  • MDF - BYP
    Rend: 9.0000%
    Plazo: 1562 días
  • MDF - BYP
    Rend: 9.5000%
    Plazo: 2232 días
  • MDF - BYQ
    Rend: 8.1191%
    Plazo: 1091 días
  • MDF - BYR
    Rend: 8.5000%
    Plazo: 1070 días
  • MDF - BYR
    Rend: 8.7500%
    Plazo: 1435 días
  • MDF - BYR
    Rend: 8.7500%
    Plazo: 1456 días
  • MDF - BYR
    Rend: 9.0000%
    Plazo: 1800 días
  • MDF - BYR
    Rend: 8.8500%
    Plazo: 1821 días
  • MDF - BYR
    Rend: 9.5000%
    Plazo: 2526 días
  • MDF - BYR
    Rend: 9.6000%
    Plazo: 2890 días
  • MDF - BYR
    Rend: 9.6500%
    Plazo: 3620 días
  • MDF - NDT
    Rend: 1.5000%
    Plazo: 8 días
  • MDF - NDT
    Rend: 2.3000%
    Plazo: 30 días
  • MDF - NDT
    Rend: 3.0900%
    Plazo: 121 días
  • MDF - NDT
    Rend: 3.5700%
    Plazo: 181 días
  • MTP - OGG
    Rend: 8.7500%
    Plazo: 2339 días
  • MTP - PCO
    Rend: 6.0000%
    Plazo: 16 días
  • PLA - OGG
    Rend: 8.5000%
    Plazo: 847 días
  • PRO - PCO
    Rend: 4.6000%
    Plazo: 171 días
  • PBS - OGG
    Rend: 7.5000%
    Plazo: 1162 días
  • PBS - OGG
    Rend: 8.5000%
    Plazo: 1442 días
  • VCN - PCO
    Rend: 4.3500%
    Plazo: 339 días
  • SGE - PCO
    Rend: 8.7500%
    Plazo: 359 días
  • TEL - OSU
    Rend: 9.0122%
    Plazo: 561 días
  • TEL - OSU
    Rend: 9.0091%
    Plazo: 818 días
  • TEL - OSU
    Rend: 8.2500%
    Plazo: 1448 días
  • TEL - PCO
    Rend: 6.7500%
    Plazo: 184 días
  • TIA - OGG
    Rend: 7.2500%
    Plazo: 1434 días
  • TYA - OGG
    Rend: 4.8000%
    Plazo: 726 días
  • TYA - PCO
    Rend: 3.8500%
    Plazo: 359 días
  • URB - OGG
    Rend: 10.2500%
    Plazo: 1574 días
  • OTF - VTC
    Rend: 8.2500%
    Plazo: 1455 días

Intermediación de Valores

Casas de Valores

Las casas de valores que actúen en la compra o venta de valores, lo harán siempre en el mercado bursátil y de acuerdo con las instrucciones de sus clientes comitentes. Quedan obligadas a pagar el precio de la compra o efectuar la entrega de los valores vendidos, sin que puedan oponer la excepción de falta de provisión. Asimismo, deberán entregar el dinero de las ventas y los valores de las compras a sus comitentes en un plazo máximo de cuarenta y ocho horas, desde la compensación y liquidación de cada operación. Además, llevarán los registros que determine la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera.

Serán responsables de la identidad y capacidad legal de las personas que contrataren por su intermedio, de la existencia e integridad de los valores que negocien y de la autenticidad del último endoso, cuando procediere; sin embargo, no serán responsables ni asumirán responsabilidad respecto de la solvencia del emisor.

No podrán utilizar dineros de sus comitentes para cumplir obligaciones pendientes o propias, o de otros comitentes, ni podrán compensar las sumas que recibieron para comprar ni el precio que se les entregare por los valores vendidos, con las cantidades que les adeude el cliente comprador o vendedor.

En todas sus gestiones, observarán las normas de autorregulación expedidas por las bolsas de valores. Toda orden para efectuar una operación bursátil se entenderá respecto de la casa de valores y de los comitentes, efectuada sobre la base que éstos quedan sujetos a los reglamentos de la bolsa respectiva.


De acuerdo a lo dispuesto en la Ley de Mercado de Valores vigente, las casas de valores tendrán las siguientes facultades y responsabilidades:

  • Administrar portafolios de valores o dineros de terceros para invertirlos en instrumentos del mercado de valores de acuerdo con las instrucciones de sus comitentes.

    Responderán a los titulares de los portafolios administrados por los perjuicios o pérdidas que ella o cualquiera de sus empleados, funcionarios o personas que le presten servicios, les causare como consecuencia de infracciones a esta Ley o sus normas complementarias por dolo, o culpa, y en general por el incumplimiento de sus obligaciones, sin perjuicio de la responsabilidad administrativa, civil o penal que corresponda a las personas implicadas.

  • Dar asesoría, información y prestar servicios de consultoría en materia de negociación y estructuración de portafolios de valores, a personas naturales y/o jurídicas del sector privado y a instituciones del sector público.

    En consecuencia, facilitarán a sus comitentes la información actualizada sobre los valores en circulación en el mercado y acerca de la situación legal, administrativa, financiera y económica de las empresas emisoras. En todos los casos en los que se ofrezcan alternativas de inversión, productos desarrollados por la casa de valores, se debe incluir una recomendación escrita de ésta sobre la decisión de negociación de dicho valor. Además, deberán determinar el perfil de riesgo del inversor, para lo que se deberán observar las normas que dicte la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera y la autorregulación, de acuerdo a estándares internacionales para protección del inversor.

  • Explotar su tecnología, sus servicios de información y procesamiento de datos y otros relacionados con su actividad. Para este efecto, mantendrán estándares de seguridad informática tales como protección de los sistemas informáticos, respaldos de la información en sedes distintas al lugar donde operen las casas de valores, pólizas de fidelidad, medidas de gestión del riesgo legal, operativo y financiero, de acuerdo a lo que determine la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera.

  • Realizar operaciones de underwriting (suscripción de una emisión o parte de ella, para su posterior reventa en el mercado) con personas jurídicas del sector público, del sector privado y con fondos colectivos. Podrán realizar operaciones de reporto bursátil.

  • Efectuar actividades de estabilización de precios únicamente durante la oferta pública primaria de valores.

  • Realizar actividades de hacedor del mercado (market - maker), con acciones inscritas en las bolsas de valores.

  • Celebrar convenios de corresponsalía con intermediarios de valores de otros países, para que, bajo la responsabilidad de la casa de valores local, tomen órdenes de compra o venta de valores, transados en mercados públicos e informados, por cuenta y riesgo de sus comitentes.

  • Celebrar convenios de referimiento con intermediarios de valores de otros países, para que sus clientes puedan realizar órdenes de compra o venta de valores, transados en mercados públicos e informados, por cuenta y riesgo de sus clientes.

  • Anticipar fondos de sus recursos a sus comitentes para ejecutar órdenes de compra de valores inscritos en el Catastro Público del Mercado de Valores, debiendo retener en garantía tales valores hasta la reposición de los fondos y dentro de los límites y plazos reglamentarios.

  • Adquirir o enajenar valores por cuenta propia, en consecuencia, podrán ser accionistas o miembros de instituciones reguladas por la Ley de Mercado de Valores, con excepción de otras casas de valores, administradoras de fondos y fideicomisos, compañías calificadoras de riesgo, auditores externos, del grupo empresarial o financiero al que pertenece la casa de valores y sus empresas vinculadas.

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